El interés superior del menor y sus criterios de interpretación a través de la jurisprudencia en México.

Autores/as

  • Héctor Adrián Valdez Reyes Autor/a

DOI:

https://doi.org/10.32870/eleutheria/vi4.9

Palabras clave:

Interés superior del menor, concepto jurídico indeterminado, criterios de interpretación

Resumen

La protección de niños, niñas y adolescentes ha sido de una consideración especial en cuanto a su protección, por lo que a partir de la Convención de los Derechos del Niño se les dio el reconocimiento pleno y se creó el principio del interés superior del menor, el cual ha sido considerado como un concepto jurídico indeterminado. El objetivo fue analizar los diversos criterios que han definido el interés superior del menor en el Estado Mexicano. La metodología de investigación fue teórica-documental y análisis de contenido. De los resultados obtenidos se identificó que dicho principio no tiene un significado específico, por ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido varios criterios de interpretación destacando uno señala que se deben satisfacer las necesidades básicas del niño y de escuchar su opinión, y que el interés del menor es una consideración primordial. Se concluye que principio del interés superior del menor es un catálogo de valores y principios, además de acciones y procesos dirigidos a forjar un desarrollo humano integral y una vida digna que permita generar las condiciones materiales a los niños para que vivan plenamente y alcancen su desarrollo y su bienestar, la cual debe de estar garantizada por el Estado por tratarse de un asunto de orden público e interés social.

Biografía del autor/a

  • Héctor Adrián Valdez Reyes

    Maestría en Derecho, con orientación en Derecho Corporativo, Doctorante en Derecho Humanos por el Centro Universitario del Sur de la Universidad de Guadalajara, Ciudad Guzmán, Jalisco, México

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Publicado

2025-08-28